Santo Domingo: – El gobierno dominicano decidió dejar sin efecto la protección de inmigrantes en virtud del Plan Nacional de Regulación de Extranjeros (PNRE) aplicado desde 2014, declaró el Movimiento Socio Cultural para el Trabajo Humanitario y Ambiental (Mostha).
El Mostha se refirió a la resolución 001-2026 de la Dirección General de Migración (DGM), ”la cual establece los mismos requisitos para renovar permisos temporales de trabajo que requirió el PNRE”.
Si esos inmigrantes, de los cuales el 98% de los 250,241 extranjeros regularizados eran de nacionalidad haitiana, ya depositaron esos documentos, por qué ahora los reclama la DGM como si se tratara de echar por la borda aquel proceso, refirió la organización.
De igual manera, el Mosctha no entiende pertinente que sean eliminados los resultados del PNRE que, según las estimaciones oficiales, requirió de RD$2,350 millones.
Se trata, según explicó la organización en una declaración escrita, de las disposiciones contenidas en la resolución de la DGM que incluye también a residentes en el territorio dominicano durante 20, 30 y hasta más de 60 años, “dentro de los cuales hay cañeros”.
Los documentos que se exigen
Para validar permisos temporales de trabajo Migración requiere a los inmigrantes de una carta del empleador, bajo cuya responsabilidad habría ingresado al país el interesado.
La resolución de la DGM establece que “esta carta explicará las motivaciones por las cuales se solicita la prórroga de permanencia y contendrá la garantía de su estancia en el país durante la prórroga y de cubrir los gastos de su repatriación una vez vencida esta”.
De igual manera, la exigencia de una póliza de garantía de respaldo migratorio; el pasaporte válido y con vigencia mínima de 18 meses; y el carné de trabajador temporero.
Asimismo, una dirección en la República Dominicana, un contrato de trabajo suscrito con la empresa o entidad con la cual realiza el Trabajo Temporal bajo el cual fue admitido, debidamente registrado en el Ministerio de Trabajo; y una certificación de que esté inscrito en la Tesorería de Seguridad Social (TSS) dentro de la plantilla de empleados de la persona física o jurídica contratante.

