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Diputado PRSC Pedro Botello demanda reformar la ley Seguridad Social

Santo Domingo:- “Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, debe ser reformada para que los asociados más desposeídos reciban los beneficios”.

La posición es del diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Pedro Botello quien abogó por que la misma sea reformada lo antes posible, porque con ello, se beneficiarían más los asociados de menores recursos económicos.

Planteó que con la reforma busca que los que reciben mayores beneficios puedan compartir esos beneficios con las que menos pueden y que además inviertan en el sector como infraestructura en hospitales.

Botello felicitó la decisión de conformar una comisión bicameral que estudio la reforma de la ley 87-01, pero sugirió al presidente de la cámara de diputados, Radhamés Camacho, que la comisión que se formó para esa reforma siga independientemente de intención de los senadores.

El legislador romanense, recordó que esa comisión que se formó en el hemiciclo, fue a intención del bloque del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), que trabaja en los artículos que cree deben ser reformados en la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social de República Dominicana.

Ponderó el trabajo que viene realizando el presidente de la comisión especial de salud de la Cámara de Diputados, diputado Ramón Cabrera, del Partido de la Liberación Dominicana.

El artículo 1 de la Ley 87-01 instituye que el objetivo de esta ley es establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitución de la República Dominicana.

La ley fue concebida para regular y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.

El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen.